El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de León ha anulado la autorización para instalar el Parque Eólico 'Murias II', al considerar que la DIA es 'nula de pleno derecho'. En la sentencia, el juez ha estimado el recurso contra una resolución de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León por la que autorizaba a Endesa Cogeneración Renovables la realización de este proyecto.
El fallo judicial da la razón a la Sociedad Española de Ornitología (SEO-Birdlife) y a la asociación URZ y descarta el primero de los diecisiete parques eólicos proyectados por el Ejecutivo autonómico en los municipios de Murias de Paredes y Riello, pero que afectarán también a las localidades de Laciana, Babia y Luna.
En los fundamentos jurídicos, el juez reconoce que la EIA se verificó mediante un 'trámite de evaluación simplificado', cuando 'por razón de localización del parque eólico debía hacerse por el procedimiento de evaluación ordinario'. El juez recuerda que se trata 'de un área de sensibilidad ecológica' reconocida por la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León y que, por lo tanto, la declaración ambiental por procedimiento ordinario es un trámite 'obligado'.
La resolución del magistrado ofrece un argumento jurídico poco utilizado hasta ahora, ya que reconoce que no se pueden fragmentar los proyectos para facilitar los trámites ambientales preceptivos. El juez apunta que las administraciones públicas 'deberán' considerar la 'necesariedad o no' de la tramitación conjunta de todos los proyectos eólicos en la zona, fundamentalmente la evaluación ambiental, ya que por su cercanía a los espacios protegidos puede provocar impactos acumulativos.
Fuentes:
- Diario de León http://www.diariodeleon.es/se_leon/noticia.jsp?CAT=111&TEXTO=6750145, http://www.diariodeleon.es/se_leon/noticia.jsp?CAT=111&TEXTO=6750143 e imagen.
- Terra Actualidad - EFE http://actualidad.terra.es/nacional/articulo/juzgado_leon_desautoriza_parque_eolico_2411741.htm
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